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Conclusiones
de la mesa de diálogo: Alternativas al litigio judicial en
la resolución de
conflictos en el ámbito familiar
La
vía judicial es la opción más popular
y extendida
entre la población a la hora de afrontar los conflictos en
el ámbito familiar. A
pesar de esta realidad, existen alternativas que pueden resultar
más
beneficiosas como, por ejemplo, la terapia familiar, la
mediación, y la
coordinación de coparentalidad.
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Conscientes
de esta realidad, el Grupo de Trabajo
de Coordinación de coparentalidad de la
Sección de Alternativas para la
Resolución de Conflictos del Colegio Oficial de la
Psicología de Cataluña
(COPC), junto con la Asociación de
Psicólogas y Psicólogos de Anoia
(APPA) organizaron el pasado 13 de junio una Mesa Redonda con una doble
finalidad.
Por un lado, difundir entre la ciudadanía estas alternativas
al litigio
judicial, ya que ayudan a resolver más eficazmente los
conflictos en el ámbito de
la coparen- |
talidad
tras la separación de la pareja. Por
otro lado, informar y
sensibilizar a profesionales implicados / as en este ámbito
que trabajan en la
comarca del Anoia (jueces, abogados y abogadas, procuradores y
procuradores,
psicólogos y psicólogas, personas mediadoras,
trabajadores sociales, educadores
y educadoras sociales, etc) sobre cómo emplear y aprovechar
estas alternativas.
Para
esta cuarta mesa de diálogo del Grupo de
Trabajo, contamos con la participación de:
Pascual
Ortuño,
magistrado, Sección 12 de la
Audiencia Provincial de Barcelona
Dra.
Connie
Capdevila, psicóloga y mediadora; Coordinadora de
coparentalidad,
Responsable del GT. de Coordinación de coparentalidad del
COPC
Cristina
Martínez,
psicóloga y mediadora; vicepresidenta
de la Sección de Alternativas de Resolución de
Conflictos (COPC)
Dr.
Guillermo
Mattioli, psicólogo y terapeuta familiar;
presidente de la Sección de
Psicología Clínica, de la salud y Psicoterapia.
Presentó
el acto la psicóloga y presidenta de la
APPA, Montse Martí. El moderador fue Jose
Fernández; psicólogo; coordinador de
coparentalidad; miembro del GT. de Coordinación de
coparentalidad del COPC y
secretario de la Asociación de Psicólogas y
Psicólogos del Anoia
Asistieron
profesionales de diferentes ámbitos:
mediación, trabajo social, abogacía,
educación, psiquiatría y psicología,
miembros de los equipos psicosociales de los juzgados, Consejo
comarcal,
equipos de Asesoramiento y orientación
psicopedagógicos (EAPs), etc.
Conclusiones:
1.
Las
familias, por falta de información sobre las
alternativas existentes,
pueden afrontar de manera errónea y poco efectiva la
resolución de sus
conflictos después o durante un divorcio, utilizando la vía
judicial como
primera opción.
2.
No
es el divorcio para que afecta a los niños y
niñas, sino las dinámicas de
conflicto entre progenitores, especialmente el conflicto
destructivo
caracterizado por hostilidad, poco deseo por pactar, desconfianza y
centrado en
los hijos.
3.
La
terapia familiar ayuda a romper los patrones de
percepción y conducta,
primer paso para avanzar hacia la solución. En el momento de
la separación, puede
prevenir las percepciones distorsionadas sobre la ex pareja y
detener los
bucles destructivos, ayudando a hacer la separación
emocional en lugar de una
ruptura emocional.
4.
Los
procesos judiciales impiden la separación emocional de las
ex parejas y los
mantienen enganchados a pesar de que se ha producido la
separación física.
Alimentan las posiciones polarizadas y fomentan desgaste emocional y
económico
en las familias, resultando en una vía no
fructífera para resolver las
desavenencias entre progenitores. El protagonismo está en la
decisión del
tribunal y en los abogados.
5.
En
la mediación familiar, el protagonismo lo tienen los propios
progenitores.
Serán ellos quienes tomarán las decisiones y por
lo tanto, más probablemente
las mantendrán. Las resoluciones judiciales tienen
más bajo nivel de desempeño.
El papel de los abogados y las abogadas es muy importante para que las
partes
se impliquen en el proceso de mediación. Serán
los abogados y las abogadas que
den forma legal a los acuerdos que se lleguen en mediación
para que se puedan
validar judicialmente; por tanto, es un trabajo complementario personas
mediadoras-abogados / abogadas.
6.
Un
pequeño número de familias no son capaces de
aprovechar los beneficios de la
mediación o la terapia familiar, y recurren repetidamente a
los tribunales para
resolver sus conflictos. A menudo son progenitores con
trastornos de
personalidad o de consumo de drogas / alcohol o bien las
características
traumáticas de la separación les ha hecho crear
una nueva imagen negativa de la
ex pareja y que familiares y profesionales han ayudado a polarizar las
diferencias. Estas familias pueden beneficiarse de la
intervención de una
persona coordinadora de coparentalidad. Se trata de una figura auxiliar
del
juez que hace una intervención psicológica
utilizando herramientas de la
mediación de conflictos y de la psicología para
proteger a los hijos y las
hijas del conflicto interparental.
7.
Hay
que desmitificar los jueces y los tribunales como
medios de resolución
de conflictos. Cada vez más profesionales de la judicatura
recomiendan no ir al
juzgado para resolver conflictos familiares.
8.
Es
importante crear más juzgados de familia
y dotarlos de recursos. AL
España sólo existen en grandes ciudades.
9.
Los
jueces y otros profesionales implicados deberían recibir
formación
especializada.
10.
Es
necesario que entre todos y todas rompemos la inercia actual para
convertir
estos métodos alternativos a la vía judicial en
el primer paso, y no en una
posibilidad cuando ya el litigio en los tribunales ya está
avanzado. Especialmente,
cuando los conflictos afectan a menores o personas vulnerables resulta
importante la participación de los profesionales de la
psicología, ya sea en la
mediación, terapia familiar o coordinación de
coparentalidad.
11.
Esta mesa de diálogo ha sido un marco de intercambio de
experiencias para
trabajar hacia un futuro mejor y más efectivo en la comarca
del Anoia. Se
emplaza a los asistentes a la mesa a continuar el
diálogo para crear una red
colaborativa. El juez Pascual Ortuño se compromete
a asistir un próximo
encuentro.
Documento
elaborado por miembros del
Grupo de Trabajo de Coordinación de coparentalidad de la
Sección de
Alternativas para la Resolución de Conflictos del COPC:
Connie
Capdevila y Brophy
Jose
Fernández y Aguado
Cristina
Martínez y Vidal
Enlaces
de interés:
•
Punto
SIM -
Servicio gratuito de
Información Mediadora del Colegio Oficial de
Psicología de Cataluña
•
Folleto de coordinación de
coparentalidad del
Colegio Oficial de Psicología de Cataluña
•
Listado de profesionales con
formación en
coordinación de coparentalidad
•
Asociación
de Psicólogas y Psicólogos
del Anoia
Conclusiones
de mesas anteriores:
•
Mesa de diálogo: "Coordinación de
parentalidad. Relación del coordinador de parentalidad con
la abogacía y la
judicatura ". PsiAra 06 2017
•
Mesa de diálogo "El nuevo rol del/la
psicólogo/a como coordinador/a de parentalidad.
Intervenciones con familias
en situación de alta conflictividad después del
divorcio: reorganización de la
coparentalidad priorizando el bienestar de los hijos e hijas ".
PsiAra
octubre 2013
Otros
enlaces:
•
La coordinación de
coparentalidad. Una
intervención especializada para familias en
situación de alta conflictividad
crónica post-ruptura de pareja. Anuario de
Psicología 2016
•
El COPC apuesta por implementar la
coordinación de
parentalidad en las separaciones y divorcios de alta conflictividad.
Diferencias de la nueva figura Con otro roles del
psicólogo/a. PsiAra 06 2015
•
La
figura del coordinador de parentalidad en las
separaciones altamente conflictivas. PsiAra 07
2013
•
Entrevistas