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Conclusiones de la mesa de diálogo: Alternativas al litigio judicial en la resolución de conflictos en el ámbito familiar

 

La vía judicial es la opción más popular y extendida entre la población a la hora de afrontar los conflictos en el ámbito familiar. A pesar de esta realidad, existen alternativas que pueden resultar más beneficiosas como, por ejemplo, la terapia familiar, la mediación, y la coordinación de coparentalidad.

Conscientes de esta realidad, el Grupo de Trabajo de Coordinación de coparentalidad de la Sección de Alternativas para la Resolución de Conflictos del Colegio Oficial de la Psicología de Cataluña (COPC), junto con la Asociación de Psicólogas y Psicólogos de Anoia (APPA) organizaron el pasado 13 de junio una Mesa Redonda con una doble finalidad. Por un lado, difundir entre la ciudadanía estas alternativas al litigio judicial, ya que ayudan a resolver más eficazmente los conflictos en el ámbito de la coparen-
talidad tras la separación de la pareja. Por otro lado, informar y sensibilizar a profesionales implicados / as en este ámbito que trabajan en la comarca del Anoia (jueces, abogados y abogadas, procuradores y procuradores, psicólogos y psicólogas, personas mediadoras, trabajadores sociales, educadores y educadoras sociales, etc) sobre cómo emplear y aprovechar estas alternativas.

Para esta cuarta mesa de diálogo del Grupo de Trabajo, contamos con la participación de:

Pascual Ortuño, magistrado, Sección 12 de la Audiencia Provincial de Barcelona

Dra. Connie Capdevila, psicóloga y mediadora; Coordinadora de coparentalidad, Responsable del GT. de Coordinación de coparentalidad del COPC

Cristina Martínez, psicóloga y mediadora; vicepresidenta de la Sección de Alternativas de Resolución de Conflictos (COPC)

Dr. Guillermo Mattioli, psicólogo y terapeuta familiar; presidente de la Sección de Psicología Clínica, de la salud y Psicoterapia.

 

Presentó el acto la psicóloga y presidenta de la APPA, Montse Martí. El moderador fue Jose Fernández; psicólogo; coordinador de coparentalidad; miembro del GT. de Coordinación de coparentalidad del COPC y secretario de la Asociación de Psicólogas y Psicólogos del Anoia

Asistieron profesionales de diferentes ámbitos: mediación, trabajo social, abogacía, educación, psiquiatría y psicología, miembros de los equipos psicosociales de los juzgados, Consejo comarcal, equipos de Asesoramiento y orientación psicopedagógicos (EAPs), etc.

Conclusiones:

1. Las familias, por falta de información sobre las alternativas existentes, pueden afrontar de manera errónea y poco efectiva la resolución de sus conflictos después o durante un divorcio, utilizando la vía judicial como primera opción.

2. No es el divorcio para que afecta a los niños y niñas, sino las dinámicas de conflicto entre progenitores, especialmente el conflicto destructivo caracterizado por hostilidad, poco deseo por pactar, desconfianza y centrado en los hijos.

3. La terapia familiar ayuda a romper los patrones de percepción y conducta, primer paso para avanzar hacia la solución. En el momento de la separación, puede prevenir las percepciones distorsionadas sobre la ex pareja y detener los bucles destructivos, ayudando a hacer la separación emocional en lugar de una ruptura emocional.

4. Los procesos judiciales impiden la separación emocional de las ex parejas y los mantienen enganchados a pesar de que se ha producido la separación física. Alimentan las posiciones polarizadas y fomentan desgaste emocional y económico en las familias, resultando en una vía no fructífera para resolver las desavenencias entre progenitores. El protagonismo está en la decisión del tribunal y en los abogados.

5. En la mediación familiar, el protagonismo lo tienen los propios progenitores. Serán ellos quienes tomarán las decisiones y por lo tanto, más probablemente las mantendrán. Las resoluciones judiciales tienen más bajo nivel de desempeño. El papel de los abogados y las abogadas es muy importante para que las partes se impliquen en el proceso de mediación. Serán los abogados y las abogadas que den forma legal a los acuerdos que se lleguen en mediación para que se puedan validar judicialmente; por tanto, es un trabajo complementario personas mediadoras-abogados / abogadas.

6. Un pequeño número de familias no son capaces de aprovechar los beneficios de la mediación o la terapia familiar, y recurren repetidamente a los tribunales para resolver sus conflictos. A menudo son progenitores con trastornos de personalidad o de consumo de drogas / alcohol o bien las características traumáticas de la separación les ha hecho crear una nueva imagen negativa de la ex pareja y que familiares y profesionales han ayudado a polarizar las diferencias. Estas familias pueden beneficiarse de la intervención de una persona coordinadora de coparentalidad. Se trata de una figura auxiliar del juez que hace una intervención psicológica utilizando herramientas de la mediación de conflictos y de la psicología para proteger a los hijos y las hijas del conflicto interparental.

7. Hay que desmitificar los jueces y los tribunales como medios de resolución de conflictos. Cada vez más profesionales de la judicatura recomiendan no ir al juzgado para resolver conflictos familiares.

8. Es importante crear más juzgados de familia y dotarlos de recursos. AL España sólo existen en grandes ciudades.

9. Los jueces y otros profesionales implicados deberían recibir formación especializada.

10. Es necesario que entre todos y todas rompemos la inercia actual para convertir estos métodos alternativos a la vía judicial en el primer paso, y no en una posibilidad cuando ya el litigio en los tribunales ya está avanzado. Especialmente, cuando los conflictos afectan a menores o personas vulnerables resulta importante la participación de los profesionales de la psicología, ya sea en la mediación, terapia familiar o coordinación de coparentalidad.

11. Esta mesa de diálogo ha sido un marco de intercambio de experiencias para trabajar hacia un futuro mejor y más efectivo en la comarca del Anoia. Se emplaza a los asistentes a la mesa a continuar el diálogo para crear una red colaborativa. El juez Pascual Ortuño se compromete a asistir un próximo encuentro.

 

Documento elaborado por miembros del Grupo de Trabajo de Coordinación de coparentalidad de la Sección de Alternativas para la Resolución de Conflictos del COPC:

Connie Capdevila y Brophy

Jose Fernández y Aguado

Cristina Martínez y Vidal

 

 

Enlaces de interés: 

Punto SIM - Servicio gratuito de Información Mediadora del Colegio Oficial de Psicología de Cataluña

Folleto de coordinación de coparentalidad del Colegio Oficial de Psicología de Cataluña

Listado de profesionales con formación en coordinación de coparentalidad

Asociación de Psicólogas y Psicólogos del Anoia

Conclusiones de mesas anteriores: 

• Mesa de diálogo: "Coordinación de parentalidad. Relación del coordinador de parentalidad con la abogacía y la judicatura ". PsiAra 06 2017

• Mesa de diálogo "El nuevo rol del/la psicólogo/a como coordinador/a de parentalidad. Intervenciones con familias en situación de alta conflictividad después del divorcio: reorganización de la coparentalidad priorizando el bienestar de los hijos e hijas ". PsiAra octubre 2013
 

Otros enlaces:

La coordinación de coparentalidad. Una intervención especializada para familias en situación de alta conflictividad crónica post-ruptura de pareja. Anuario de Psicología 2016

El COPC apuesta por implementar la coordinación de parentalidad en las separaciones y divorcios de alta conflictividad. Diferencias de la nueva figura Con otro roles del psicólogo/a. PsiAra 06 2015

La figura del coordinador de parentalidad en las separaciones altamente conflictivas. PsiAra 07 2013

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